martes, 1 de octubre de 2002

La exclusividad nacional eléctrica

José Antonio Almazán González

Según el presidente Vicente Fox, su iniciativa de reforma a los artículos 27 y 28 constitucionales no pretende privatizar la industria eléctrica nacionalizada. ¡La patria no se vende!, respondió molesto a un ciudadano mexicano que lo cuestionó en un acto público. Sin embargo, conviene contrastar sus dichos con los hechos, para situar sus verdaderas intenciones y develar lo falaz de sus afirmaciones. Veamos:

1. El párrafo sexto del artículo 27 constitucional establece: ''Corresponde exclusivamente a la Nación generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica que tenga por objeto la prestación de servicio público. En esta materia no se otorgarán concesiones a los particulares y la Nación aprovechará los bienes y recursos naturales que se requieran para dichos fines''.

La propuesta de Fox señala: ''Corresponde exclusivamente a la Nación la prestación del servicio público de energía eléctrica, en los términos que establezca la ley; en esta materia no se otorgarán concesiones a los particulares y la Nación aprovechará los bienes y recursos naturales que se requieran para dicho fin. Los particulares podrán generar energía eléctrica para consumo propio y para el Estado, así como generar electricidad y prestar servicios a los usuarios cuyo consumo rebase los mínimos previstos en la ley y cumplan con los requisitos que ésta establezca; el Estado garantizará el acceso y uso no discriminatorio de la red nacional de transmisión y de las redes de distribución''.

Salta a la vista la mutilación constitucional que pretende Fox: 1) desaparecer la exclusividad nacional sobre actividades sustanciales en la prestación del servicio público, definidas desde 1960; 2) dejar a una ley secundaria lo que es materia constitucional; 3) otorgar rango constitucional a la participación del capital privado en la generación, conducción, transformación distribución y abasto de energía eléctrica.

2. En materia eléctrica ni siquiera Salinas se atrevió a tanto. En diciembre de 1992, para cumplir los compromisos pactados en el Tratado de Libre Comercio con Canadá y Estados Unidos (TLCAN), se optó por una reforma a la Ley del Servicio Público de energía eléctrica para abrir las puertas al capital privado, a través de la figura de productor independiente, que vendería su generación a Comisión Federal de Electricidad.

En el Anexo 602.3 de dicho tratado el Estado mexicano se reservó la prestación del servicio público de energía eléctrica ''incluyendo la generación, conducción, transformación; distribución y venta de electricidad'' en términos de los artículos 25, 27 y 28 constitucionales.

Como se puede observar, la iniciativa foxista va más allá de lo pactado en el TLCAN e implica una revisión unilateral del mismo en beneficio del gran capital extranjero.

3. La derecha en el poder cree que es posible modificar la Constitución en cualquier sentido. Pero no es así. La historia del Congreso Constituyente de 1917 nos demuestra el sentido inequívoco con que fue creado el artículo 27 constitucional: 1) para establecer la propiedad originaria de la Nación sobre las tierras y aguas; 2) para decretar el dominio inalienable e imprescriptible de la nación sobre las riquezas del subsuelo y sus aguas. Específicamente el párrafo sexto del artículo 27 sólo ha sido modificado en cuatro ocasiones: en 1939 para elevar a rango constitucional la expropiación petrolera; en enero de 1960 para reconocer el dominio directo de la Nación sobre su plataforma continental, zócalos marinos y aguas marítimas interiores; en diciembre de 1960 para elevar a rango constitucional la nacionalización de la industria eléctrica, y en 1975 para otorgar este reconocimiento a la energía nuclear. Todas estas reformas han sido positivas, es decir, para enriquecer y fortalecer principios fundamentales del proyecto de nación contenida en la Constitución.

De ahí que la iniciativa foxista de reforma a los artículos 27 y 28 constitucional va más allá de la materia eléctrica. En los hechos se trata de destruir un pilar constitucional fundamental: la soberanía nacional en materia energética plasmada en el párrafo sexto del artículo 27. Por tal razón, la contrarreforma constitucional foxista en materia eléctrica se ubica dentro de los planes estratégicos geopolíticos del gobierno de Bush y de los lineamientos del Banco Mundial para el caso de México, para quienes soberanía y nación, además de antiguallas del pasado, constituyen firmes obstáculos en sus proyectos de dominación continental.


Publicado en el periodico La Jornada el 01 de Octubre de 2002.

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